La ARN actualizó la norma que regula el transporte de materiales radiactivos en todo el país

En U-238 # 23 Septiembre – Octubre 2016

El 1° de agosto entró en vigencia la revisión de la norma que introduce cambios en los requisitos para el transporte de sustancias radiactivas y fisionables.

La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) actualizó la norma que regula el transporte de materiales radiactivos. Su objetivo es establecer los requisitos de seguridad radiológica para esta actividad, con la finalidad de proteger a las personas y el medio ambiente del efecto nocivo de las radiaciones ionizantes.

La norma alcanza a todas las modalidades de transporte —vía terrestre, acuática y aérea— y entre sus puntos fundamentales establece cómo debe estar embalado el contenido radiactivo, cómo se deben controlar los niveles de radiación externa y cómo se previenen la criticidad y los daños ocasionados por el calor. La actualización introduce, entre otras novedades, cambios en la evaluación de la criticidad y, en particular, en los requisitos para el transporte de sustancias fisionables.

El transporte de materiales radiactivos se realiza cotidianamente en Argentina, tanto para fines médicos (diagnóstico y tratamiento) como para fines industriales y de investigación. Cabe destacar que Argentina es el mayor exportador de radiofármacos de Latinoamérica y que este tipo de transporte es esencial para proveer los elementos combustibles a las tres centrales nucleares en el país (Atucha I y II y Embalse).

Esta norma coincide con los Requisitos de Seguridad Específicos N° SSR-6, “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” (edición 2012), del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). La importancia de seguir lineamientos internacionales radica en que el transporte de materiales radiactivos puede realizarse a nivel internacional y, para ello, debe hacerse bajo los mismos requisitos y las mismas condiciones de seguridad.

La actualización de la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”, Revisión 3, fue publicada en el Boletín Oficial del 1° de febrero de 2016, a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 14/2016, y entró en plena vigencia a partir del 1° de agosto de 2016.

Los criterios de seguridad reflejados en la norma “Transporte de materiales radiactivos” de la ARN tienen el consenso de organizaciones internacionales, regionales y nacionales dedicadas a regular el transporte de materiales peligrosos por todas las vías. Para proteger a los trabajadores y al público durante el transporte normal, esta norma establece requisitos que, esencialmente, limitan la tasa de dosis en el entorno de los bultos.

Elaboración participativa de la norma

Para la revisión de esta norma, la ARN puso a consideración y consulta de la ciudadanía su contenido original, a fin de que los ciudadanos puedan contribuir con sus propuestas y comentarios a la normativa final. Mediante este proceso, que se desprende de la Ley de Acceso a la Información Pública, la ARN busca profundizar y fortalecer su vínculo con la sociedad, ampliando sus canales de comunicación y espacios de participación ciudadana.

Reglamentación internacional

El transporte de materiales radiactivos está regulado con estrictos criterios de seguridad, de acuerdo a estándares internacionales. El documento que se utiliza en todos los países como base para la regulación es el “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” del OIEA.

Existen, además, otras reglamentaciones internacionales que regulan el transporte de materiales peligrosos por vía terrestre, aérea y acuática. Se trata de las “Instrucciones técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea” de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), el “Código marítimo internacional de mercancías peligrosas” (Código IMDG) de la Organización Marítima Internacional (OMI) y la “Reglamentación sobre mercancías peligrosas” de la Asociación del Transporte Aéreo Internacional (en inglés, IATA). Todas ellas han adoptado durante el año 2015 la Edición de 2012 del “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” del OIEA.

Otras reglamentaciones argentinas

En cuanto al transporte por carretera y ferrocarril, en Argentina se aplican el “Reglamento nacional de tránsito y transporte”, Decreto 692/92; la Ley de Tránsito Nº 24.449, reglamentada por el Decreto 779/95; la Resolución Nº 195/97, sobre normas técnicas y demás reglamentaciones establecidas por el Ministerio de Transporte de la Nación. En lo que refiere a habilitaciones de vehículos y conductores, la ARN no es la autoridad competente de aplicación.

Argentina toma —para el transporte marítimo, fluvial y aéreo— las reglamentaciones de la Organización Marítima Internacional (OMI), de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y de la Asociación del Transporte Aéreo Internacional (en inglés, IATA).

 

La ARN licencia y aprueba los diseños de bultos para el transporte de materiales radiactivos

Argentina es el único país en América Latina con diseños propios tanto de bultos para el transporte de materiales radiactivos como de materiales radiactivos en forma especial. La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) es el organismo nacional argentino encargado de llevar a cabo los licenciamientos de estos diseños y de emitir los certificados de aprobación correspondientes en caso de que demuestren el cumplimiento con la norma.

Como parte de la función de control y fiscalización, la ARN realiza inspecciones en las distintas etapas del transporte de materiales radiactivos (diseño y fabricación, despacho, expedición, almacenamiento en tránsito y recepción en destino final), dándole particular importancia a las tareas de capacitación y asesoramiento de los usuarios involucrados en las distintas etapas del transporte.

Cabe destacar que todos los procesos de control del transporte de materiales radiactivos de la ARN están certificados por Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) y la Red Internacional de Certificación (IQNet) bajo la Norma IRAM-ISO 9001:2008.

El aporte del CIMEC

El Centro de Investigación de Métodos Computacionales (CIMEC) colabora con la ARN en la verificación del cumplimiento de los diseños con los requisitos de seguridad exigidos por la normativa vigente. Este instituto, dependiente de la Universidad Nacional del Litoral (UNL) y el CONICET, testea mediante simulaciones virtuales que los recipientes para transporte de material radiactivo puedan soportar las situaciones más extremas. Este tipo de pruebas tienen la ventaja de ser más económicas y rápidas que las físicas debido a que no arruinan prototipos, no requieren grandes instalaciones o dispositivos y, además, mediante cálculos matemáticos, permiten considerar una mayor cantidad de variables que un modelo real. Los ensayos virtuales se realizan para validar y/o verificar los exigentes ensayos físicos a los que son sometidos los prototipos durante el licenciamiento.

 

Sobre la Autoridad Regulatoria Nuclear

La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) es el organismo nacional argentino dedicado a la regulación y fiscalización de la actividad nuclear, competente en materia de seguridad radiológica y nuclear, salvaguardias y seguridad física.

La ARN es una entidad autárquica en jurisdicción de la Presidencia de la Nación, creada en 1997 mediante la Ley Nacional N° 24.804 de la Actividad Nuclear. Es sucesora del Ente Nacional Regulador Nuclear (1994-1997) y de la rama reguladora de la Comisión Nacional de Energía Atómica (1950-1994).

Como parte de sus actividades, ARN elabora normas regulatorias de aplicación para todas las actividades nucleares desarrolladas en el país, las cuales establecen los requisitos sobre instalaciones, equipos, conocimientos y prácticas, a fin de sostener las condiciones satisfactorias de seguridad.